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Reparto de utilidades 2023: Cuánto te deben pagar y qué hacer si no las recibes

Por: Marilú Morales 17 abril 2023 • 3 minutos de lectura

El reparto de utilidades es un derecho que la mayoría de trabajadores tienen al laborar con una empresa o una persona física.

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Reparto de utilidades 2023: Cuánto te deben pagar y qué hacer si no las recibes
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El reparto de utilidades junto con el aguinaldo, son las recompensas monetarias más importantes del año para muchos trabajadores mexicanos.

Mientras que el reparto de utilidades se realiza a partir del cuarto mes del año (dependiendo de las condiciones que detallaremos más adelante), el aguinaldo se otorga durante el doceavo mes, es decir, al final del año.

Ya que están próximos los pagos bajo el concepto de reparto de utilidades 2023, te explicamos con lujo de detalles cuál es el periodo oficial en que debe ocurrir el pago, de cuánto es el monto, qué hacer en caso de que no te las den, así como otros detalles más relacionados con el tema.

¿Qué son las utilidades?

De acuerdo con Bermúdez Abogados, “desde 1962, los trabajadores tienen derecho a recibir una parte de las utilidades de la empresa, lo cual se relaciona con el reconocimiento a su esfuerzo para generar las ganancias del negocio”.

Este derecho estipulado en la Ley Federal del Trabajo (LFT) ocurre siempre y cuando el patrón o empresa haya registrado un ingreso anual declarado al Impuesto Sobre la Renta (ISR) mayor a 300 mil pesos en el ejercicio fiscal anterior.

Reparto de utilidades

1. ¿Cuánto te toca de utilidades y cuándo se pagan?

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social indica que la empresa debe destinar el 10 por ciento de su utilidad para el reparto de utilidades, la cual se compone de dos partes:

Mientras que la primera mitad será distribuida entre los trabajadores de acuerdo a los días trabajados en el año, la segunda parte se aplicará proporcional al nivel de ingresos.

Para poder llegar a la cantidad que corresponde a cada trabajador, se debe considerar tanto el sueldo percibido como los días trabajados durante ese período.

La LFT señala las fechas para el pago de utilidades:

  • Del 1 de abril al 30 de mayo para empresas.
  • Del 1 de mayo al 29 de junio para personas físicas.

2. ¿Quiénes sí y quienes no reciben utilidades?

Según información de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, el reparto de utilidades es para todas aquellas personas que laboraron durante el año fiscal anterior por lo menos 60 días en empresas que hayan registrado un ingreso anual declarado al Impuesto Sobre la Renta (ISR), mayor a 300 mil pesos, en este caso, durante el ejercicio 2022.

Por lo que, los trabajadores que ya no laboren en la misma empresa, también deben recibir el pago siempre y cuando respete el periodo mínimo trabajado de 60 días (2 meses).

Las personas que no reciben reparto de utilidades son las siguientes:

  • Los trabajadores domésticos
  • Los trabajadores eventuales que hayan trabajado menos de sesenta días en el ejercicio;
  • Directores, Administradores y Gerentes Generales, así como socios o accionistas de la empresa
  • Profesionistas técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios presten sus servicios, sin existir una relación de trabajo subordinado

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Qué hacer en caso de no recibir utilidades

3. Empleadores que no están obligados a dar utilidades

De acuerdo con el sitio del Sistema de Administración Tributaria (SAT), los empleadores que no están obligados a dar utilidades son los siguientes:

  • Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
  • Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.
  • Las empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.
  • Instituciones de asistencia privada reconocidas por leyes, que no tengan fines de lucro.
  • El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
  • Las empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300 mil pesos.

4. ¿Cómo sé si el lugar donde trabajo generó utilidades?

Los empleadores deben entregar a los representantes de los trabajadores una copia de la declaración fiscal anual, en la cual se señala el monto que corresponda a la participación de utilidades del ejercicio.

5. ¿Qué hacer en caso de no recibir utilidades?

Si no estás dentro de las excepciones, puedes hacer la reclamación de tu pago de utilidades durante un año, periodo en el que debes recibir el monto.

En caso de no recibirlo, tener dudas o aclaraciones, acércate a Conciliación y Arbitraje o a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo a través de los números: 800 717 2942 y 800 911 7877, o mediante un correo electrónico a: orientacionprofedet@stps.gob.mx

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